Viernes 17 de febrero de 2012 | Publicado en edición impresa
Mercado laboral /
Reclamos por discriminación
Avanza la Justicia en anular despidos por razones gremiales
Para las empresas, hay una extensión de los derechos reservados a quienes son delegados
El tema es recurrente en la justicia laboral, donde cada vez se reclama más
por la anulación de despidos -por lo general, dispuestos sin expresión de
causa por parte de las empresas- invocando la existencia de discriminación
por actividad sindical, sin que la persona afectada sea un trabajador con la
protección de estabilidad que otorga el cargo de delegado gremial.
Luego de que en los últimos años se conocieran varias sentencias
emitidas por la cámara laboral y por tribunales superiores de
provincias, la Corte Suprema dictó también fallos favorables a la
reincorporación en sus puestos de trabajadores cesanteados. Sin embargo,
no en todos los casos que analizó el tribunal la decisión fue en igual
sentido, y las votaciones resultaron divididas en las causas en que se
desfavoreció a las empresas empleadoras.
En la reciente sentencia dictada en "Pellicori, Liliana c/ Colegio de
Abogados de la Capital Federal", la Corte ordenó que la demandante
volviera a su puesto y dispuso, además, la inversión de la carga de la
prueba, al decidir que la sola presencia de "indicios" de discriminación
ya permitía establecer la nulidad de la cesantía, sin que la afectada
mostrara pruebas fehacientes.
La controversia podría sintetizarse en un par de cuestiones centrales:
¿se vulnera el derecho a la libre contratación y a la decisión de
despedir por parte de las empresas, al extenderse una protección sólo
prevista legalmente para algunos casos? ¿o se garantiza el derecho de
las personas -que excede el ámbito laboral- a no ser discriminadas por
su pensamiento o por sus acciones, en defensa de sus intereses?
"La mayoría de los fallos se fundan en la ley antidiscriminación, la
23.592, que establece que quien arbitrariamente
impida, obstruya, restrinja o menoscabe el pleno ejercicio sobre bases
igualitarias de los derechos y garantías fundamentales" debe volver
atrás con la acción que provocó ese efecto, explica el abogado Alvaro
Galli, del estudio Beccar Varela, asesor de empresas.
DISCRIMINACIÓN
Justamente, la diferencia entre el voto mayoritario y el de minoría
entre los jueces supremos en la causa "Alvarez, Maximiliano y otros c/
Cencosud", de un año atrás, radicó en la opinión respecto de si esa
ley era o no aplicable al derecho laboral. Como según la interpretación
de Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni
sí correspondía la aplicación, se ordenó la reincorporación de la
demandante. Para el voto de minoría, debió ordenarse una indemnización
agravada pero sin anular el despido.
El caso tuvo su origen en la creación de un sindicato jerárquico de
empleados de comercio, ya que los interesados no habían sido aceptados
en el gremio de los mercantiles. La agrupación no tenía personería
gremial. Y según
argumentaron en la demanda, luego de participar de reclamos por sus
salarios, quienes se habían afiliado fueron despedidos.
"Lo que está en juego es la estabilidad laboral", considera Luis
Ramírez, vicepresidente de la Asociación de Abogados Laboralistas.
Ramírez agrega que en el sistema legal sólo hay estabilidad absoluta
para los empleados públicos y para los representantes de sindicatos que
tienen personería gremial reconocida. "Esto deja indefensos a quienes
forman otros sindicatos o realizan actividad sindical «por fuera» de las
estructuras
gremiales, que ahora encuentran protección en esta doctrina judicial",
afirma.
Para Ramírez, el tema se entronca con las sentencias de la Corte que
reconocen derechos a los sindicatos "simplemente inscriptos", sin
personería gremial otorgada.
Hay casos en los que, según la denuncia, el empleador despidió a quien
se postularía para ser delegado, como el de "Arecco, Maximiliano c/
Praxair", en el que la Corte dispuso anular el despido. Hay otros en los
que la razón de discriminación alegada es más ambigua y difícil de
probar (lo que explica que muchas sentencias se refieran a las
dificultades de obtener pruebas y hablen de indicios).
En "Pellejero, María Mabel c/ Banco Hipotecario", la Corte
revirtió la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro,
que había ordenado reincorporar a la empleada. El argumento de
discriminación era que se la había despedido por ser la esposa del
secretario de la seccional Viedma de la Asociación Bancaria. La Corte no
encontró elementos para decir que esa fue la motivación.
Diferente fue la suerte de Catalina Balaguer, cesanteada por Pepsico por
"bajo rendimiento" y para quienAvana un fallo de la sala VI dispuso la
reincorporación. Balaguer planteó que la cesantía respondía a que era la
esposa de un delegado y a sus acciones en defensa de las mujeres.
En algunos casos los testimonios de compañeros fueron decisivos. En
"Diez, Pablo c/ Fate", la sala VI dio "plena eficacia probatoria" a las
palabras de quienes identificaron al demandante "como referente" porque,
entre otras cosas, trasmitía inquietudes a los delegados.
RELACIONES INSOPORTABLES
El tribunal superior bonaerense calificó como "activista" a Franco
Villalba, quien demandó a TheValueBrandsCompany por entender que su
despido respondía a su participación en un movimiento tendiente a
generar vida sindical en la empresa.
Para Galli, "resulta alarmante la ligereza
con la que en algunos casos se califica a los trabajadores como
'activistas gremiales', sin tener en cuenta que no cualquier militancia,
participación, preocupación o gestión por los problemas laborales de
los compañeros del establecimiento, permite esa calificación". Según el
abogado, eso se agrava cuando se invierte la carga de la prueba.
Galli considera que, por respeto a normas de orden superior como las
garantías constitucionales, "no es jurídicamente exigible que en forma
compulsiva se ordene restablecer un vínculo contractual", porque se
le impone al empleador "contra su voluntad", seguir con una relación
que se había tornado "insoportable".
http://www.lanacion.com.ar/1449506-avanza-la-justicia-en-anular-despidos-por-razones-gremiales
http://www.lanacion.com.ar/1449506-avanza-la-justicia-en-anular-despidos-por-razones-gremiales
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